Ayudas para la modernización de establecimientos comerciales:

El objeto de la ayuda es impulsar la modernización y mejorar la eficiencia en el consumo energético en los establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial de la CAPV a través de la innovación; instauración de procesos con base tecnológica y eco-eficientes y;  mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamientos como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.

DIRIGIDO A

Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, micro y pequeñas empresas que desarrollen su actividad principal comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial en establecimientos físicos, situados a pie de calle, ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se encuadren en uno de estos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

INVERSIÓN SUBVENCIONABLE

Serán subvencionables las inversiones que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.

1.- Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial:

a) Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen del mismo.
b) Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética (puertas automáticas, cambios de luminarias a LED, sensores de ocupación, aislamientos,…).
c) Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
d) Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo y la adquisición e instalación de toldos.
e) Adquisición, instalación y montaje de maquinaria vinculada con la actividad principal del establecimiento.
f) Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos.
g) Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
h) Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B, C).
i) Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, integradas en un centro comercial, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de la actividad desarrollada en los establecimientos objeto de la ayuda.
j) Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones en el establecimiento objeto de la ayuda.

Inversión mínima requerida en esta línea: 3.000€ (IVA excluido).

2.- Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:

a) Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento objeto de la ayuda, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.
Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión.
b) Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.).
c) Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
d) Balanzas electrónicas comerciales.
e) Cajas registradoras.
f) Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).

Inversión mínima requerida en esta línea: 1.000€ (IVA excluido).

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 24/04/2024 al 30/09/2024

NORMATIVA

Puedes acceder a la orden que regula estas ayudas aquí.

Puedes acceder a toda la información en la sede de Gobierno Vasco aquí.

MÁS INFORMACIÓN

MEATZALDEKO BEHARGINTZA (Edorta).

663885257.