Ayudas para la modernización de establecimientos comerciales:
El objeto de la ayuda es establecer y convocar la concesión, en el ejercicio 2025, de ayudas destinadas a impulsar la modernización y mejorar la eficiencia en el consumo energético
en los establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial de la CAPV (en adelante establecimientos objeto de la ayuda) a través de la innovación; instauración de procesos con base tecnológica y eco-eficientes; mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamientos relacionados con la actividad comercial o de determinados servicios como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad
DIRIGIDO A
Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, micro y pequeñas empresas que desarrollen su actividad principal comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial en establecimientos físicos, situados a pie de calle y en estado operativo, ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se encuadren en uno de estos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
INVERSIÓN SUBVENCIONABLE
Serán subvencionables las inversiones que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
1.- Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial o de determinados servicios relacionados con la actividad comercial:
a) Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen de este.
b) Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética (puertas automáticas, instalaciones eléctricas, sensores de ocupación, aislamientos,…).
c) Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
d) Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo y la adquisición e instalación de toldos.
f) Adquisición de equipamiento y mobiliario.
g) Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
h) Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética.
i) Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, integradas en un centro comercial, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de la actividad desarrollada en los establecimientos objeto de la ayuda, en régimen de comunidad de personas propietarias. Cada titular de la actividad desarrollada en los establecimientos integrados en el centro, copartícipe de la comunidad de personas propietarias, podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
j) Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones en el establecimiento objeto de la ayuda.
Inversión mínima requerida en esta línea: 3.000€ (IVA excluido).
2.- Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:
a) Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento objeto de la ayuda, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.
Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión.
b) Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.).
c) Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
d) Balanzas electrónicas comerciales.
e) Cajas registradoras.
f) Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).
Inversión mínima requerida en esta línea: 1.000€ (IVA excluido).
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 08/05/2025 al 30/09/2025
NORMATIVA
Puedes acceder a la orden que regula estas ayudas aquí.
MÁS INFORMACIÓN
MEATZALDEKO BEHARGINTZA (Edorta).
663885257.