Ayudas para el sostenimiento del subsector del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco
Establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa a los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco, a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y, las microempresas y pequeñas empresas, y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.
Esta línea de ayudas, se orienta a paliar la situación de pérdida económica directa de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista de Euskadi, que en un contexto de dificultad sobrevenido por la situación bélica actual han visto cómo su actividad comercial se ha visto seriamente afectada.
DIRIGIDO A
Las personas y entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos con anterioridad al 24 de febrero de 2022, fecha de inicio del conflicto bélico en Ucrania:
a) Estar domiciliada social y fiscalmente la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda.
b) Dedicarse a alguna de las actividades encuadradas dentro de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas recogidos aquí.
c) En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
d) La entidad solicitante deberá estar dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas.
Además, durante la concesión y pago de la ayuda:
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
PRESTACIÓN ECONÓMICA
La cuantía de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento comercial con anterioridad al 24 de febrero de 2022, según la siguiente tabla:
- Establecimientos con 1-9 personas trabajadoras: 2.000 euros
- Establecimientos de 10 o más de 10 personas trabajadoras: 3.000 euros
En todos los casos, el cómputo total de las personas trabajadoras incluirá tanto a las personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad.
Sólo se admitirá la adscripción del mismo trabajador a un único establecimiento comercial.
FORMA DE PAGO:
El abono se realizará en un único pago tras la concesión y aceptación expresa de la Resolución de concesión
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 27/06/2022 al 27/07/2022
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
La solicitud se realizará electrónicamente y se aportará la documentación que se especifica aquí.
MÁS INFORMACIÓN:
Llamando al 663885257 (Edorta).
Podrás encontrar toda la información detallada aquí: